Tribunal de Impugnación resuelve elevar a juicio por jurados al docente del jardín 31 por 3 hechos de abuso sexual.
El Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Federico Sommer, Richard Trincheri y la jueza Florencia Martini, por unanimidad, resolvió que el maestro acusado por abusos en el jardín 31 sea juzgado por un jurado popular por los tres hechos en los que hay prueba directa, es decir aquellos en los que las víctimas dieron testimonio en cámara gesell. (LEG 231533)
Según establece el Código Procesal Penal, nadie puede ser llevado a juicio sólo con prueba indirecta, la prueba indirecta sólo puede ser utilizada en un juicio para corroborar o dar credibilidad al testimonio de la víctima o de un testigo directo de un hecho, por lo cual todos aquellos casos en los que no se pudo contar con una declaración de las víctimas o de un testigo directo de los abusos no podrán ser elevadas a juicio por el momento.
Contrario al pedido de la defensa del docente acusado, el Tribunal no dictó el sobreseimiento por los restantes casos en los que no se cuenta con prueba directa, al ser una causa declarada compleja, el plazo de investigación con las correspondientes prórrogas puede extenderse por 3 años, en los cuales tanto la fiscalía como las querellas pueden lograr alguna nueva declaración.
El Tribunal de Impugnación resolvió elevar la causa a juicio por jurado popular imputando al docente por dos hechos de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por ser responsable de la educación de las víctimas y por un caso de abuso sexual simple, también agravado por ser responsable de la educación de la víctima. La pena que establece el Código Penal por cada uno de los primeros hechos puede ir desde los 8 a los 20 años de prisión y por el último hecho es de 3 a 10 años de prisión.