Cambio de paradigma en las audiencias judiciales
Las nuevas modalidades para realizar audiencias en el ámbito judicial parecieran que, con la pandemia por el coronavirus, llegaron para quedarse de manera prevalente. Hoy por hoy el uso del programa Zoom, las videollamadas por Whatsapp o el streaming son herramientas tecnológicas cotidianas para organizar audiencias semipresenciales o a distancia, dos modalidades que fueron autorizadas hace un año por el Superior Tribunal de Justicia.
Ello significó un cambio de paradigma –en el ámbito del debido proceso legal– para el Poder Judicial, no solo de La Pampa sino también del resto del país; ya que hasta ahora la presencialidad era un requisito indispensable de las audiencias, a excepción de algunos antecedentes en procesos de mediación.
Todas estas modificaciones estuvieron acompañadas por la obligatoriedad en el uso del Sistema Informático de Gestión de Expedientes –creado y desarrollado con personal propio–, lo que permitió dar otro paso fundamental en la modernización, agilización, celeridad y mayor eficacia del sistema judicial. Con su implementación, la Justicia provincial fue la segunda en el país en llegar a la digitalización absoluta de todos sus fueros y dejar atrás los expedientes en papel.
«Prácticas y sin limitantes».
Un relevamiento en los fueros civil y comercial; de minería; laboral; de ejecución, concursos y quiebras; y de familia, niñas, niños y adolescentes permitió concluir que, en la mayoría de los casos, la falta de presencialidad no es un impedimento para continuar brindado eficazmente el servicio de justicia en el marco de las restricciones impuestas para reducir la cantidad de contagios del Covid-19.
«Las audiencias remotas son prácticas, oportunas, a horario y sin limitaciones, ya que hemos realizadas varias con personas domiciliadas en otras provincias e incluso una desde España. No entorpecen el sistema de trabajo en absoluto; por el contrario, lo benefician ya que son proactivas», resaltó la jueza santarroseña Adriana Cuarzo, a cargo del Juzgado de Ejecución Concursos y Quiebras N° 2 de Santa Rosa.
Para el juez Gerardo Mario Moiraghi, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería N° 2 de General Pico, debe destacarse –en este contexto novedoso– «la colaboración no solo de los empleados, sino también de todos los profesionales, lo que nos permite seguir trabajando con tiempos normales en una situación anormal». Por eso en ese tribunal la totalidad de las audiencias (testimoniales, de partes, preliminares, de aceptación de cargos, etc.) son remotas.
En Victorica, el panorama es similar. «Preferentemente las audiencias son por Zoom, excepto que no sea posible y en esos casos usamos la videollamada. Acá los abogados colaboran permanentemente, proveyéndoles lo necesario a sus clientes para hacer las audiencias preliminares en forma remota», indicó Edgardo Javier Trombicki, quien durante muchos años fue defensor oficial y, a partir de noviembre asumió en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Cuarta Circunscripción Judicial.
Una pericia como ejemplo.
Uno de los tantos ejemplos de la adaptación de la Justicia provincial a las nuevas realidades lo dio el juez de ejecución, concursos y quiebras de General Pico, Carlos María Iglesias: «Hicimos por Zoom hasta una prueba pericial caligráfica. La persona peritada estuvo en General Pico y el perito, si bien es piquense, participó desde Córdoba. El perito le dio las instrucciones y luego le remitimos el cuerpo de escritura con la documentación correspondiente a él. También nos pasó con un hombre de Realicó que debía compensar con su acreencia el precio de una venta en una subasta pública y por el Covid-19 quedó aislado. Como el abogado no tenía poder para representarlo, organizamos la audiencia por videollamada. Lo cierto y concreto es que nos vamos acomodando a esta nueva situación».
Muchos más jueces y juezas de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial –como Laura Petisco, Gustavo Arisnabarreta, Ana Lis Palacio, Claudio Soto y Pedro Campos, entre otros– se pronunciaron en términos similares cuando fueron consultados. Para ellos, la norma es la audiencia a distancia; y la excepción, la audiencia presencial.
Semipresencialidad.
En Santa Rosa, las juezas civiles de primera instancia, Susana Fernández y María del Carmen García, contaron que ellas organizan audiencias semipresenciales, según las necesidades de cada expediente, y cuando es esencial oír a los testigos de primera mano. En esos casos, estos declaran en soledad en una sala del propio tribunal, mientras las magistradas los escuchan desde sus despachos, y los abogados y las partes desde los estudios jurídicos.
La única singularidad en el ámbito civil, ante este panorama que obliga permanente a buscar soluciones nuevas, sucede en los Juzgados de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes. Allí las audiencias son presenciales cuando participan menores, ya que tienen el derecho a ser oídos. En este punto las opiniones son unánimes entre las juezas de familia. Así lo explicó Daniela De La Iglesia, a cargo del tribunal en General Acha: «Este fuero tiene ciertas particularidades y problemáticas relacionadas directamente con el derecho a la intimidad de las personas, especialmente de los chicos y las chicas. Por eso, excepto en algunos casos específicos, preferimos que las audiencias sean presenciales».
De esa forma, entienden las juezas, se preserva la neutralidad, ya que en las audiencias remotas los niños, las niñas y los y las adolescentes están acompañados por alguno de sus progenitores o un adulto y esa compañía puede influir en los testimonios de ellos.
Todo el proceso de reacomodamiento a nuevas tecnologías, si bien estaba pensado y planificado, debió acelerarse el año pasado ante la aparición del Covid-19. Y en 2021 se sigue y seguirá profundizando para fortalecer y profundizar el acceso a justicia de los pampeanos.
Poder Judicial de La Pampa